{"id":18,"date":"2019-11-11T16:22:18","date_gmt":"2019-11-11T15:22:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pladigmare.es\/?page_id=18"},"modified":"2019-11-11T16:22:18","modified_gmt":"2019-11-11T15:22:18","slug":"sabias-que","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/electrocamas.com\/index.php\/sabias-que\/","title":{"rendered":"\u00bfSab\u00edas que&#8230;?"},"content":{"rendered":"\n<p>En este apartado facilitamos gran cantidad de informaci\u00f3n sobre la situaci\u00f3n y organizaci\u00f3n de las residencias. Si lo lees con calma, obtendr\u00e1s informaci\u00f3n valiosa. Cualquier aclaraci\u00f3n u orientaci\u00f3n que necesites, no dudes en consultarnos a trav\u00e9s del apartado de <a href=\"https:\/\/www.pladigmare.es\/contacto\/\" data-type=\"page\" data-id=\"39\">contacto<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Ya que es mucha la informaci\u00f3n aportada, para facilitar la navegaci\u00f3n, incluimos un <a href=\"#sabias-que-indice\">\u00edndice de contenidos<\/a>. 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Pliego de Prescripciones T\u00e9cnicas del Concurso<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-2.3.1.a\">a) Atenci\u00f3n geri\u00e1trica y rehabilitadora, psicol\u00f3gica y social<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-2.3.1.b\">b) Proceso de gesti\u00f3n asistencial<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-2.3.2\">2.3.2. Plan de Calidad e Inspecci\u00f3n de los Servicios Sociales en la CM<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-2.3.2.a\">a) Objetivos espec\u00edficos<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-2.3.2.b\">b) Metodolog\u00eda general de actuaci\u00f3n: L\u00ednea III.- \u00c1rea de Inspecci\u00f3n<\/a><br> <a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3\">3. Y NOSOTROS, \u00bfQU\u00c9 PODEMOS HACER?<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.1\">3.1. Sobre los concursos para adjudicar la gesti\u00f3n de Residencias de la CM a empresas privadas<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.1.1\">3.1.1. Proceso de los Concursos<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.2\">3.2. Reclamaciones<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.2.1\">3.2.1. En las Residencias<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.2.2\">3.2.2. Ante la Consejer\u00eda de Pol\u00edtica Social y Familia<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.3\">3.3. \u00bfC\u00f3mo actuar cuando nuestro familiar sufre una ca\u00edda, un golpe, una herida?<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.3.1\">3.3.1. Denuncias ante el Juzgado, Ministerio Fiscal o Polic\u00eda<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.4\">3.4. Organizar una Plataforma de Familiares en la Residencia<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.4.1\">3.4.1. \u00bfExisten \u00f3rganos de participaci\u00f3n en las residencias?<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.4.1.a\">a) Composici\u00f3n<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.4.1.b\">b) \u00bfQui\u00e9nes pueden formar parte?<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.4.1.c\">c) \u00bfCu\u00e1les son sus funciones?<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.4.1.d\">d) \u00bfY en las que no son de titularidad y gesti\u00f3n p\u00fablica (directa)?<\/a><br> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-3.4.1.e\">e) Campa\u00f1a para la creaci\u00f3n o renovaci\u00f3n de los Consejos<\/a><br> <a class=\"smooth-scroll\" href=\"#sabias-que-4\">4. TARJETA SANITARIA<\/a><br><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-1\">1. RESIDENCIAS EN GESTI\u00d3N INDIRECTA<\/h2>\n\n\n\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 es importante para ti conocer el <strong>Pliego de Prescripciones T\u00e9cnicas<\/strong> para la contrataci\u00f3n de la gesti\u00f3n de la Residencia en la que est\u00e1 tu <strong>familiar<\/strong>?<\/p>\n\n\n\n<p>El <strong>Pliego de Prescripciones T\u00e9cnicas<\/strong> para la contrataci\u00f3n de la gesti\u00f3n del Centro es el documento que tiene por objeto describir las obligaciones, condiciones t\u00e9cnicas y actividades espec\u00edficas que deben ser asumidas por la empresa que pueda ser adjudicataria del servicio.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo que en realidad es el <strong>Contrato<\/strong> entre la Comunidad de Madrid (<strong>CM<\/strong>) y la empresa, en \u00e9l se definen entre otros, por ejemplo, la descripci\u00f3n de los servicios, el modelo de gesti\u00f3n del centro, los medios personales que deber\u00e1 aportar el adjudicatario para la prestaci\u00f3n del servicio, lo relativo al mantenimiento del centro y coordinaci\u00f3n, control, supervisi\u00f3n e informaci\u00f3n en la prestaci\u00f3n del servicio y otras <strong>obligaciones del adjudicatario<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Este Pliego se publica en el <strong>BOCM<\/strong> junto con otro de prescripciones administrativas, cuando se convoca el concurso p\u00fablico y una vez adjudicado, este pliego adquiere el car\u00e1cter de \u201ccontrato\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Motivo por el que es necesario <strong>conocer este documento<\/strong> por parte de los usuarios, familiares y trabajadores, ya que en realidad somos los destinatarios del contrato, convirti\u00e9ndose para nosotros en una exhaustiva gu\u00eda del servicio que debemos recibir, y conociendo qu\u00e9 es competencia de la Titularidad y qu\u00e9 de la Empresa adjudicataria.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-2\">2. ALGUNOS EJEMPLOS<\/h2>\n\n\n\n<p>Tomamos como referencia 3 pliegos de concursos del segundo semestre del 2014, y adjudicados entre septiembre de 2014 y febrero de 2015, para Residencias de Titularidad de la Comunidad de Madrid y gestionadas por empresas privadas, lo que se denomina <strong>Gesti\u00f3n Indirecta<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<ol><li>Adem\u00e1s de la prestaci\u00f3n de la asistencia necesaria para la realizaci\u00f3n de las actividades elementales de la vida diaria, en un centro de atenci\u00f3n a dependientes, se prestar\u00e1 servicio de atenci\u00f3n geri\u00e1trica comprendiendo actuaciones propias de medicina preventiva, sin perjuicio de la utilizaci\u00f3n de los servicios sanitarios del Sistema de Salud.<\/li><li>El adjudicatario implantar\u00e1 el Reglamento de R\u00e9gimen Interior establecido por la <strong>CM<\/strong>, que entre otros temas recoger\u00e1 la <strong>representaci\u00f3n y participaci\u00f3n de los usuarios<\/strong> a trav\u00e9s de los \u00f3rganos de participaci\u00f3n que se establezcan en el mismo.<\/li><li>La <strong>ropa aportada<\/strong> con posterioridad al ingreso, deber\u00e1 ser <strong>marcada a cargo del adjudicatario<\/strong>.<\/li><li>Al ingreso se deber\u00e1 hacer un <strong>inventario de la ropa<\/strong> aportada, debiendo mantenerse actualizado mediante un documento suscrito por usuario\/familiar. El adjudicatario deber\u00e1 reponer a su cargo cualquier prenda extraviada que figure de alta en el inventario, cuando tal extrav\u00edo se haya producido por causas ajenas al usuario.<\/li><li>Los <strong>productos de aseo<\/strong> com\u00fan (jabones, colonia, pasta dent\u00edfrica, champ\u00fa, gel) de calidad est\u00e1ndar y autorizados, ser\u00e1n <strong>aportados por el adjudicatario<\/strong>.<\/li><li>Al ingreso de manera individualizada se elaborar\u00e1 un <strong>Programa de Atenci\u00f3n Individualizada<\/strong> (PAI), analizando semestralmente la evoluci\u00f3n para alcanzar y mantener la salud, autonom\u00eda personal e integraci\u00f3n social de cada residente. Tambi\u00e9n con el mismo fin se llevar\u00e1n a cabo las actuaciones necesarias de medicina preventiva.<\/li><li>El <strong>adjudicatario prestar\u00e1 el apoyo necesario para la movilizaci\u00f3n de los usuarios<\/strong>, a fin de mantener un nivel de funcionalidad y de interacci\u00f3n social adecuado.<\/li><li>La distribuci\u00f3n de la <strong>plantilla por turnos asegurar\u00e1 el correcto tratamiento y asistencia a los usuarios<\/strong>, prestando especial atenci\u00f3n a los momentos punta de trabajo (aseo matutino, asistencia durante las comidas, cambios de material de incontinencia, etc.<\/li><li>El <strong>adjudicatario deber\u00e1 utilizar como m\u00ednimo protocolos<\/strong> y registros normalizados en la realizaci\u00f3n y prestaci\u00f3n de los servicios, cuyos modelos ser\u00e1n visados por la Consejer\u00eda de Asuntos Sociales, como m\u00ednimo se deber\u00e1 disponer y utilizar 22 protocolos y 19 registros. En el <a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"https:\/\/www.comunidad.madrid\/servicios\/asuntos-sociales\/mayores\" target=\"_blank\">apartado Mayores<\/a> de asuntos sociales de la Comunidad de Madrid, puedes encontrar medidas y protocolos en relaci\u00f3n al COVID.<\/li><li>El lavado, planchado y repasado de la ropa deber\u00e1 efectuarlo el adjudicatario. Los procedimientos de lavado deber\u00e1n ajustarse a la tipolog\u00eda de las prendas a fin de garantizar su higiene y conservaci\u00f3n en buen estado. Ser\u00e1 a cargo del adjudicatario la limpieza en seco de aquellas prendas que lo requieran.<\/li><li>El adjudicatario renovar\u00e1 a su cargo la ropa de cama, mesa y aseo con la frecuencia necesaria para que se mantenga en condiciones de uso adecuadas, de manera que no presente roturas, remiendos ni desgaste excesivo.<\/li><li>El adjudicatario prestar\u00e1 a su cargo los servicios de peluquer\u00eda. Estos servicios deber\u00e1n comprender al menos: un servicio de lavado y peinado semanal, , un servicio de corte, tinte y permanente mensual y un servicio mensual de arreglo de barba para todos los residentes que lo soliciten.<\/li><li>El adjudicatario prestar\u00e1 a su cargo los servicios de podolog\u00eda en la residencia.<\/li><li>Deber\u00e1 preverse en la organizaci\u00f3n del funcionamiento del centro la existencia de una figura con atribuciones suficientes para que, en ausencia del director, asuma la representaci\u00f3n del adjudicatario ante el personal, los usuarios y sus familiares. El nombre de la persona designada para estas funciones deber\u00e1 estar expuesto en el tabl\u00f3n de anuncios del centro.<\/li><li>El turno de noche deber\u00e1 estar suficientemente cubierto para asegurar el control del centro y sus usuarios y la realizaci\u00f3n de, al menos, cuatro rondas de control que abarque a todos los usuarios durante ese turno.<\/li><li>El adjudicatario deber\u00e1 realizar una desinsectaci\u00f3n y desratizaci\u00f3n de los locales y espacios de los centros con una periodicidad anual.<\/li><li>El adjudicatario se har\u00e1 cargo del mantenimiento preventivo del local y sus instalaciones.<\/li><li>Cuando sea necesario sustituir equipos, piezas o materiales achacables al propio funcionamiento de los centros, los gastos correr\u00e1n a cargo del adjudicatario.<\/li><li>Correr\u00e1n a cargo de la Consejer\u00eda As. Sociales las obras o reparaciones que afecten a la estructura resistente del edificio. Tambi\u00e9n correr\u00e1 a su cargo la dotaci\u00f3n de equipamiento complementario del inicial, as\u00ed como la reposici\u00f3n de la maquinaria y equipos que finalicen su vida \u00fatil (siempre a juicio de los Servicios T\u00e9cnicos de la Consejer\u00eda As. Scles.)<\/li><li>La limpieza del saneamiento se realizar\u00e1 con la frecuencia establecida en normativa vigente, adem\u00e1s el adjudicatario deber\u00e1 realizar los trabajos necesarios, a su costa, para desemboces de bajantes y desatrancos de la red horizontal de saneamiento, incluidos trabajos de desatasco con camiones-bomba, y se documentar\u00e1 la realizaci\u00f3n de, al menos una vez cada tres a\u00f1os, una limpieza de arquetas a pie de bajante, de paso y sif\u00f3nicas.<\/li><li>Con ocasi\u00f3n de la reversi\u00f3n del Servicio, el adjudicatario deber\u00e1 cumplir lo establecido en la legislaci\u00f3n vigente de Contratos del Sector P\u00fablico. Misma por la que la Administraci\u00f3n comprobar\u00e1 con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de cuatro meses, respecto a la fecha que se vaya a producir la reversi\u00f3n, que Centro, instalaciones, equipamiento est\u00e9 en perfectas condiciones de mantenimiento y funcionamiento, estando obligado el adjudicatario a subsanar, a dicha fecha, los defectos o anomal\u00edas observadas.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-2.1\">2.1. Formaci\u00f3n del personal<\/h3>\n\n\n\n<ol><li>El adjudicatario elaborar\u00e1 un plan de formaci\u00f3n del personal con un horizonte de al menos 3 a\u00f1os.<\/li><li>En caso de que se acuerde la pr\u00f3rroga del contrato, el adjudicatario lo actualizar\u00e1 con nuevos objetivos para otros 3 a\u00f1os.<\/li><li>Como m\u00ednimo se impartir\u00e1n 10 horas de formaci\u00f3n\/a\u00f1o para cada persona de la plantilla.<\/li><li>El adjudicatario, a petici\u00f3n de la Consejer\u00eda de Asuntos Sociales, deber\u00e1 aportar informaci\u00f3n donde pueda comprobarse que el plan est\u00e1 elaborado, siendo ejecutado y se ha alcanzado la formaci\u00f3n estipulada, en cuanto a las horas recibidas por el personal de la plantilla.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-2.2\">2.2. Cualificaci\u00f3n profesional<\/h3>\n\n\n\n<p>Vamos a ver c\u00f3mo andan los temas en cuanto a la cualificaci\u00f3n profesional, (excepto la universitaria). La legislaci\u00f3n aqu\u00ed va un poco lenta, por aquello de coordinar y conseguir coherencia entre las diversas pol\u00edticas ejercidas por la Administraci\u00f3n General del Estado y las Comunidades Aut\u00f3nomas y la concreci\u00f3n en el desarrollo de la propia normativa de cada Comunidad.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Los gerocultores no tienen una titulaci\u00f3n en sentido estricto, son cursos de formaci\u00f3n, experiencia profesional\u2026, pues todav\u00eda no se ha aprobado su Decreto de Acreditaci\u00f3n. Ahora dicen que el plazo acaba a finales de 2017 (inicialmente previsto para 2008), tambi\u00e9n que para quien tenga m\u00e1s de 55 a\u00f1os y experiencia queda exento y que el plazo no es para obtener la cualificaci\u00f3n sino para estar inscrito en alg\u00fan proceso de obtenci\u00f3n de la misma.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Esto es un \u00edndice de la consideraci\u00f3n sociosanitaria que la propia administraci\u00f3n tiene de los usuarios. La atenci\u00f3n a personas dependientes es algo muy importante y que requiere de la intervenci\u00f3n de profesionales formados.<\/p>\n\n\n\n<p>La exigencia de al menos \u201cun titulado\u201d por turno, en la pr\u00e1ctica es resuelta con que en el turno de noche, haya 1 titulado ATS\/DUE para 140, 160, 220 residentes con elevados niveles de dependencia un alto porcentaje de ellos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n es cuanto menos llamativo que en ning\u00fan pliego (da igual el tipo de gesti\u00f3n), aparezca el requisito de \u201catenci\u00f3n geri\u00e1trica\u201d siendo \u00e9sta una especializaci\u00f3n sanitaria eficiente e imprescindible en la atenci\u00f3n espec\u00edfica a la salud de las personas mayores.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-2.3\">2.3. Programa de Atenci\u00f3n Individual (PAI)<\/h3>\n\n\n\n<p>Veamos lo relativo al <strong>Programa de Atenci\u00f3n Individual (PAI)<\/strong>, primero echamos un vistazo al <strong>Pliego de Prescripciones T\u00e9cnicas del Concurso<\/strong>, y luego al <strong>Plan de Calidad e Inspecci\u00f3n<\/strong> de los Servicios Sociales en la CM.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-2.3.1\">2.3.1. Pliego de Prescripciones T\u00e9cnicas del Concurso<\/h4>\n\n\n\n<p>Esto es lo que dicen los Pliegos:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-2.3.1.a\">a) Atenci\u00f3n geri\u00e1trica y rehabilitadora, psicol\u00f3gica y social<\/h5>\n\n\n\n<ol><li>Al<strong> ingreso de los usuarios<\/strong> se llevar\u00e1 a cabo de manera individualizada su estudio y evaluaci\u00f3n interdisciplinares, en base a los cuales se elaborar\u00e1 un <strong>Programa de Atenci\u00f3n Individualizada<\/strong> (PAI), que comprender\u00e1 todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y mantener su salud, autonom\u00eda personal e integraci\u00f3n social en el mayor grado posible.<\/li><li>De <strong>cada usuario deber\u00e1 existir un expediente personal<\/strong> en el que constar\u00e1 la informaci\u00f3n social, sanitaria (m\u00e9dica, enfermer\u00eda, fisioterapia y terapia ocupacional) y psicol\u00f3gica, as\u00ed como la que pueda derivarse del programa a que est\u00e9 sujeto el usuario, los informes t\u00e9cnicos correspondientes, diagn\u00f3sticos, tratamientos prescritos y el seguimiento y evaluaci\u00f3n del programa que se haya fijado as\u00ed como las incidencias producidas en su desarrollo. A estos efectos, el centro analizar\u00e1, al menos semestralmente, la evoluci\u00f3n de los usuarios y reestructurar\u00e1 su proceso de intervenci\u00f3n en funci\u00f3n de los resultados obtenidos.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-2.3.1.b\">b) Proceso de gesti\u00f3n asistencial<\/h5>\n\n\n\n<ol><li><strong>Al ingreso de los usuarios<\/strong>, y durante los <strong>primeros quince d\u00edas<\/strong> de estancia del usuario en el centro, se llevar\u00e1 a cabo su estudio y evaluaci\u00f3n interdisciplinares, en base a los cuales se elaborar\u00e1 un Programa de Atenci\u00f3n Individualizada (PAI), que comprender\u00e1 todas aquellas actuaciones dirigidas a <strong>alcanzar y mantener su salud<\/strong>, autonom\u00eda personal e integraci\u00f3n social en el mayor grado posible.<\/li><li>El PAI, que <strong>deber\u00e1 ser elaborado por el equipo interdisciplinar<\/strong>, contendr\u00e1 informaci\u00f3n relativa a los objetivos perseguidos con la atenci\u00f3n asistencial y a las actuaciones a realizar para alcanzar los objetivos.<\/li><li>El PAI se actualizar\u00e1 al menos con una <strong>periodicidad semestral<\/strong>.<\/li><li>La gesti\u00f3n del PAI deber\u00e1 estar <strong>soportada por un sistema inform\u00e1tico<\/strong>, al que tendr\u00e1n acceso los t\u00e9cnicos de la Comunidad de Madrid en su labor de control y verificaci\u00f3n del cumplimiento de los requisitos del contrato de gesti\u00f3n.<\/li><li>El <strong>equipo interdisciplinar deber\u00e1 tener reuniones, al menos, semanalmente, en las que se levantar\u00e1 acta de los temas tratados y acuerdos alcanzados.<\/strong><\/li><\/ol>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-2.3.2\">2.3.2. Plan de Calidad e Inspecci\u00f3n de los Servicios Sociales en la CM<\/h4>\n\n\n\n<p>Esto lo que dice el PLAN DE CALIDAD E INSPECCI\u00d3N EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES EN LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL PER\u00cdODO 2015-2016 \u2013 Orden 1756\/2015, de 11 de septiembre (BOCM 06 octubre de 2015).<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-2.3.2.a\">a) Objetivos espec\u00edficos<\/h5>\n\n\n\n<p><strong>VELAR por<\/strong> el derecho de la persona, como usuaria de un centro de servicios sociales o servicio de acci\u00f3n social, a un programa de intervenci\u00f3n individual definido y realizado con su conocimiento y participaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-2.3.2.b\">b) Metodolog\u00eda general de actuaci\u00f3n: L\u00ednea III.- \u00c1rea de Inspecci\u00f3n&nbsp;<\/h5>\n\n\n\n<p>VERIFICAR que la persona disponga de un PROGRAMA DE ATENCI\u00d3N INDIVIDUALIZADO Y SU PARTICIPACI\u00d3N en la toma de decisiones sobre el proceso de intervenci\u00f3n y en la libre elecci\u00f3n del tipo de medidas o recursos a aplicar.<\/p>\n\n\n\n<p>PRIMERA. <strong>Comprobaci\u00f3n de la realizaci\u00f3n por el profesional<\/strong> o el equipo multidisciplinar del centro o servicio en su caso, de un programa de intervenci\u00f3n individual para cada persona usuaria y de su revisi\u00f3n al menos cada seis meses, con especial atenci\u00f3n a los centros y servicios que atienden a personas en situaci\u00f3n de dependencia.<\/p>\n\n\n\n<p>SEGUNDA. <strong>Comprobaci\u00f3n de que el programa de intervenci\u00f3n individual se ha definido y realizado<\/strong> con la participaci\u00f3n y conocimiento de la persona o su representante, con especial atenci\u00f3n a los centros y servicios que atienden a personas en situaci\u00f3n de dependencia.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3\">3. Y NOSOTROS, \u00bfQU\u00c9 PODEMOS HACER?<\/h2>\n\n\n\n<p>Si lo relatado en los puntos anteriores, en poco y-o nada coincide con la realidad en tu residencia, estamos tardando en <strong>exigir al Centro el cumplimiento del Pliego<\/strong> y su realizaci\u00f3n con arreglo a las indicaciones del Plan de Calidad y, a la vez <strong>tramitar la correspondiente hoja de reclamaci\u00f3n ante la Inspecci\u00f3n<\/strong> para poner en su conocimiento el incumplimiento por parte del centro, adem\u00e1s de dejar constataci\u00f3n tambi\u00e9n del incumplimiento de sus propios objetivos e incluso la cuestionable pr\u00e1ctica de su propia metodolog\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante tener consciencia de que reclamar y denunciar significa ejercer la <strong>obligaci\u00f3n que cada uno tenemos para con nuestros mayores<\/strong> residentes de cuidar de la atenci\u00f3n asistencial recibida.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.1\">3.1. Sobre los concursos para adjudicar la gesti\u00f3n de Residencias de la CM a empresas privadas<\/h3>\n\n\n\n<p>La Comunidad de Madrid en las Residencias y Centros de D\u00eda de su titularidad y para que las gestionen empresas privadas est\u00e1 obligada a realizar concursos. Describiremos de manera simplificada cu\u00e1l es el <strong>proceso de los Concursos<\/strong>, que luego tanto nos afectan.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.1.1\">3.1.1. Proceso de los Concursos<\/h4>\n\n\n\n<ol><li>Mediante Resoluci\u00f3n de la Secretar\u00eda Gral. T\u00e9cnica de la Consejer\u00eda de Asuntos Sociales, dispone la publicaci\u00f3n de la convocatoria del contrato de servicios en el BOCM (Bolet\u00edn Oficial de la Comunidad de Madrid) y en \u201cel perfil del contratante\u201d en Internet (<a href=\"http:\/\/www.madrid.org\/\">www.madrid.org<\/a> \u2013 Portal de la contrataci\u00f3n p\u00fablica).<\/li><li>En todo concurso <strong>hay 2 pliegos de prescripciones<\/strong> en el que se detallan todos los aspectos del mismo. Los pliegos son <strong>Administrativo (de responsabilidad del \u00e1rea de Contrataci\u00f3n de la Sec. Gral. T\u00e9cnica<\/strong>) y los <strong>T\u00e9cnicos (de la Subdirecci\u00f3n General de Gesti\u00f3n y Control de Centros<\/strong>).<\/li><li><strong>Esta documentaci\u00f3n es de inter\u00e9s para usuarios, familiares y trabajadores<\/strong>, ya que una vez adjudicados son <strong>la gu\u00eda de cumplimiento de los diferentes intervinientes<\/strong> en el Contrato de Servicios. Si bien no es habitual que sean documentos que de manera habitual formen parte de la documentaci\u00f3n con la que cualquier familiar cuente al ingresar a su mayor en la Residencia, ni cualquier trabajador al ser contratado, son sin embargo una<strong> gu\u00eda de alto inter\u00e9s<\/strong> para ambos colectivos ya que en ellos se recogen todos los aspectos estructurales, y asistenciales que <strong>van a afectar a las condiciones de nuestros residentes y del trabajo de sus cuidadores<\/strong>.<\/li><li>Despu\u00e9s de publicada la convocatoria, en la que se indican tambi\u00e9n los plazos para la presentaci\u00f3n de las ofertas por parte de las empresas que se presenten al concurso; el siguiente paso es la apertura de las ofertas en la que las diferentes empresas ofertar\u00e1n el servicio por la cantidad que cada una considere (siempre teniendo como tope m\u00e1ximo el presupuesto base de licitaci\u00f3n publicado). Aqu\u00ed la pr\u00e1ctica habitual es que las ofertas de las empresas nunca lleguen a ese tope quedando muy por debajo del mismo, se pueden ver ofertas de hasta casi dos millones de \u20ac menos. Como la m\u00e1xima puntuaci\u00f3n seg\u00fan los pliegos de condiciones ser\u00e1n para la oferta m\u00e1s ventajosa en precio fundamentalmente (90%) y otras mejoras relacionadas con los men\u00fas y las actividades socioculturales (10%), pues <strong>siempre se adjudicar\u00e1 a la empresa cuya oferta econ\u00f3mica sea la m\u00e1s baja<\/strong>.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>Destacamos que este criterio mercantilista lo que est\u00e1 suponiendo es que se <strong>adjudican los concursos a la oferta m\u00e1s barata<\/strong>, lo que se traduce en que la empresa para mantener su margen de beneficio (que normalmente no est\u00e1n dispuestos a sacrificar ni a estipularlo razonable ni sosteniblemente), pues lo <strong>obtendr\u00e1 de recortes en las prestaciones<\/strong>.<strong> Es decir concursos a la baja = peor calidad asistencial<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol start=\"5\"><li>Una vez seleccionada la empresa cuya oferta es considerada la m\u00e1s ventajosa, se le adjudicar\u00e1 el contrato publicando la resoluci\u00f3n de formalizaci\u00f3n del contrato en el BOCM y en el \u201cperfil del contratante\u201d en Internet. Aqu\u00ed tambi\u00e9n adem\u00e1s de la fecha de adjudicaci\u00f3n se publicar\u00e1 la fecha de formalizaci\u00f3n del contrato a partir de la cual la Residencia ser\u00e1 gestionada por la empresa adjudicataria.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se habr\u00e1n fijado la duraci\u00f3n del contrato, su prorrogabilidad y las condiciones de las misma. Lo que significa que se ir\u00e1n prorrogando y publicando en el BOCM<\/p>\n\n\n\n<p>Esto es a grandes rasgos el proceso de un concurso, el inter\u00e9s para nosotros es la necesidad de conocerlo porque es <strong>una gu\u00eda de las prestaciones que deber\u00e1n recibir nuestros familiares residentes<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Por eso, desde aqu\u00ed recomendamos que <strong>todos conozcamos qu\u00e9 empresa gestiona nuestra residencia<\/strong>, que busquemos esta informaci\u00f3n, que es p\u00fablica, y a la que podemos acceder desde la p\u00e1gina de <a href=\"http:\/\/www.madrid.org\/\">www.madrid.org<\/a> y que tengamos los pliegos de condiciones t\u00e9cnicas y administrativas, ya que<strong> nos ser\u00e1n de mucha utilidad a la hora de nuestras reclamaciones, conocer nuestros derechos, y poder afrontar las situaciones en las que nos encontramos<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.2\">3.2. Reclamaciones<\/h3>\n\n\n\n<p>El objetivo de abordar este tema es meramente facilitador para quien lo considere de inter\u00e9s, no se trata de infravalorar a ninguna persona, ni es tampoco un manual. Se trata de <strong>compartir experiencias<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.2.1\">3.2.1. En las Residencias<\/h4>\n\n\n\n<p>Es importante tener consciencia de que <strong>poner una reclamaci\u00f3n<\/strong> en la Residencia significa ejercer la <strong>obligaci\u00f3n que cada uno tenemos<\/strong> para con nuestros mayores residentes de cuidar de la atenci\u00f3n asistencial recibida. Si ellos pudieran, lo har\u00edan.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo primero a se\u00f1alar es que la <strong>pr\u00e1ctica habitual<\/strong> por parte de las Residencias, es que <strong>evitan las reclamaciones<\/strong>, intentando disuadir al reclamante, ofreciendo a veces una soluci\u00f3n r\u00e1pida al problema, y que todo quede en una conversaci\u00f3n y\u2026 \u201caqu\u00ed no pasa nada\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo recomendable es que, aunque esta situaci\u00f3n se produzca y tengamos una conversaci\u00f3n con el profesional responsable que la reciba (casi siempre la Direcci\u00f3n), al finalizar le <strong>solicitemos el libro de reclamaciones<\/strong> y dejar constancia de la misma.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo que no est\u00e1 documentado no existe, as\u00ed es que como har\u00edamos en cualquier servicio de la vida cotidiana, la reclamaci\u00f3n se deber\u00e1 poner.<\/p>\n\n\n\n<p>Todas las Residencias deben tener el <strong>libro de reclamaciones a disposici\u00f3n<\/strong> y as\u00ed estar\u00e1 anunciado en el tabl\u00f3n de anuncios. Cuando se cumplimenta deberemos dejar claro el m\u00e1ximo de informaci\u00f3n detallada (d\u00eda, hora, lugar, hecho que se reclama, espacio, servicio o responsable del \u00e1rea afectada, y tambi\u00e9n hacer constar lo que se solicita), lo cierto es que no suele haber mucho espacio para escribir, as\u00ed es que el m\u00e1ximo de datos claros y concisos. Tambi\u00e9n existe la posibilidad de dar la vuelta a la hoja, no hay ninguna ley que marque las limitaciones, as\u00ed es que depender\u00e1 de lo que pueda hacer cada persona. Importante: el reclamante firma con Nombre y Apellidos y DNI y relaci\u00f3n con la\/el residente, y lo mismo ha de hacer la persona de la empresa que recepciona la reclamaci\u00f3n, nombre y apellidos y cargo profesional, y en el caso de profesionales colegiados no est\u00e1 dem\u00e1s que se lo solicitemos.<\/p>\n\n\n\n<p>Normalmente tienen papel autocopiativo y habitualmente tienen dos hojas, en otros casos, tres. Una se queda siempre en la Residencia porque cuando tengan una inspecci\u00f3n rutinaria, por parte del organismo correspondiente, solicitar\u00e1 el libro y registrar\u00e1 las reclamaciones, aunque no habr\u00e1 una comunicaci\u00f3n al reclamante. Otra copia es para el reclamante y para que transcienda a los organismos de control establecidos y recibamos contestaci\u00f3n a la misma.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.2.2\">3.2.2. Ante la Consejer\u00eda de Pol\u00edtica Social y Familia<\/h4>\n\n\n\n<p>Lo que debemos hacer es <strong>tramitar la misma reclamaci\u00f3n ante la Consejer\u00eda de Pol\u00edtica Social y Familia<\/strong>, directamente al Director General de Atenci\u00f3n a la Dependencia y al Mayor. Este tr\u00e1mite se puede hacer por distintas v\u00edas:<\/p>\n\n\n\n<ul><li><strong>Por tel\u00e9fono<\/strong>: Llamando al tel\u00e9fono de Atenci\u00f3n al Ciudadano 012 de la Comunidad de Madrid, donde un operador ayudar\u00e1 a su cumplimentaci\u00f3n y posterior env\u00edo.<\/li><li><strong>Por Internet<\/strong>: Seleccionando \u00e1mbito y cumplimentando el correspondiente formulario online.<\/li><li><strong>Presencial<\/strong>: Cumplimentando el Impreso que puede descargar en esta p\u00e1gina, conforme a las Instrucciones de la solicitud y presentar en las Oficinas de Atenci\u00f3n al Ciudadano<\/li><li><strong>Por fax<\/strong>: Remitir al n\u00famero: 91 720 98 75.<\/li><li><strong>Por correo postal<\/strong>: Enviando un escrito a la Subdirecci\u00f3n General de Atenci\u00f3n al Ciudadano (C\/ Gran V\u00eda, 43, 4\u00aa planta, 28013-Madrid), indicando el objeto de la queja, los datos personales, direcci\u00f3n postal y tel\u00e9fono para mantener contacto. (Fuente: <a href=\"http:\/\/www.madrid.org\/\">www.madrid.org<\/a>)<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Todas las Residencias financiadas por la Comunidad de Madrid, est\u00e1n sujetas a un sistema de control y vigilancia por parte del \u00c1rea de Inspecci\u00f3n (1) de la Subdirecci\u00f3n General de Control de Calidad, Inspecci\u00f3n, Registro y Autorizaciones. As\u00ed como por t\u00e9cnicos de la Subdirecci\u00f3n General de Centros y Servicios (2) de la Direcci\u00f3n General de Atenci\u00f3n a la Dependencia y al Mayor. Cuando en un centro se detecta un incumplimiento de las obligaciones contractuales relativas a los servicios que se prestan, o una carencia o inadecuaci\u00f3n del personal, inmediatamente es requerido para que subsane la deficiencia detectada.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.3\">3.3. \u00bfC\u00f3mo actuar cuando nuestro familiar sufre una ca\u00edda, un golpe, una herida?<\/h3>\n\n\n\n<p>Algunas <strong>ideas para actuar<\/strong> cuando nuestro residente sufre un <strong>da\u00f1o f\u00edsico<\/strong> que se considera una mala praxis, no un accidente fortuito y muy ocasional<\/p>\n\n\n\n<ol><li>La residencia tiene la <strong>obligaci\u00f3n de comunicar<\/strong> al familiar el incidente ocurrido (familiar\/res de contacto que figure\/n en la documentaci\u00f3n de la residencia).<\/li><li>Debe ser <strong>asistido por el m\u00e9dico y enfermer\u00eda de la residencia<\/strong> y de manera inmediata emitir el informe m\u00e9dico correspondiente.<\/li><li>Seg\u00fan la valoraci\u00f3n m\u00e9dica puede o no ser derivado al hospital de referencia. En este punto es importante que nos sintamos seguros y ante <strong>cualquier duda pidamos que lo deriven<\/strong> para asegurarnos de un juicio especializado tras la realizaci\u00f3n de pruebas en profundidad que no se pueden realizar en la propia residencia. (ej: tras un hematoma en un ojo puede haber una luxaci\u00f3n interna que s\u00f3lo se puede detectar con pruebas espec\u00edficas del oftalm\u00f3logo; tras un golpe en la cabeza puede producirse un derrame interno).<\/li><li>Lo habitual es que el familiar acompa\u00f1emos a nuestro residente en caso de ser derivado al hospital y que el m\u00e9dico del mismo adem\u00e1s de ver el informe procedente de la residencia, nos pregunte los detalles de lo que ha ocurrido (<strong>seamos exigentes<\/strong> en la obtenci\u00f3n de la m\u00e1xima informaci\u00f3n de lo sucedido).<\/li><li>Tras ser tratado en el hospital y cuando sea dado de alta y regrese a la residencia, nos entregar\u00e1n el informe m\u00e9dico correspondiente en el que indica el detalle de ingreso, pruebas y tratamiento realizado, juicio cl\u00ednico, nuevo tratamiento relacionado con el motivo del ingreso o atenci\u00f3n (adem\u00e1s del cr\u00f3nico), incluso a veces pautas para enfermer\u00eda.<\/li><li>A veces necesitan seguimiento especial por un tiempo, por lo que deber\u00e1n ser ubicados en las <strong>unidades de cuidados especiales de cada residencia<\/strong>. Si no tuvieran estas unidades, puede requerir atenci\u00f3n especial en su propia habitaci\u00f3n (hagamos nosotros un seguimiento para comprobar la adecuada aplicaci\u00f3n de las indicaciones).<\/li><li>En todo este proceso es muy importante que los familiares actuemos, a pesar de las dif\u00edciles, duras y delicadas situaciones que se nos presentan (que llegan a afectarnos, adem\u00e1s de emocionalmente, a nuestra propia salud).<\/li><li>Poniendo en com\u00fan nuestras experiencias, constatamos la importancia de tener muy documentado todo el proceso: c\u00f3mo, cu\u00e1ndo, d\u00f3nde ocurri\u00f3 el incidente; qui\u00e9n y c\u00f3mo actu\u00f3 en la residencia, si nos avisaron o no lo hicieron, cu\u00e1nto tiempo pas\u00f3 desde el incidente hasta que nos lo comunican, si lo \u00fanico que nos transmiten es que no saben c\u00f3mo ha sucedido. Tambi\u00e9n todos los informes m\u00e9dicos, las actuaciones e intervinientes en la residencia; detalle de los cuidados, curas, medicamentos, etc. que les pauten y-o realicen. Todo esto es de vital importancia para nuestra posterior actuaci\u00f3n de reclamaci\u00f3n y denuncia.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.3.1\">3.3.1. Denuncias ante el Juzgado, Ministerio Fiscal o Polic\u00eda<\/h4>\n\n\n\n<ol start=\"9\"><li>Adem\u00e1s de las reclamaciones ante la propia residencia y ante la Comunidad de Madrid, en la actualidad se est\u00e1 produciendo un incremento considerable de lesiones que nos obligan a efectuar Denuncias ante el Juzgado. La denuncia es el acto por el que una persona pone en conocimiento del Juez, Ministerio Fiscal o la Polic\u00eda la realizaci\u00f3n de unos hechos que pueden ser constitutivos de delito.<\/li><li>Una denuncia debe ser algo sencillo, una descripci\u00f3n, sin m\u00e1s, de unos hechos que consideramos pueden ser constitutivos de infracci\u00f3n penal .<\/li><li>Para la veracidad de los hechos que denunciamos, es conveniente acompa\u00f1ar a la denuncia los documentos, fotos, testigos, etc., que puedan acreditar cuanto se exponga en la misma, no s\u00f3lo para poder reclamar como consecuencia de los mismos, sino tambi\u00e9n para probar la propia existencia de la infracci\u00f3n penal y poder evaluar su gravedad.<\/li><li>La denuncia puede ser presentada en una Comisar\u00eda de Polic\u00eda y\/o en el Juzgado. Y, adem\u00e1s de por escrito, pueden formularse de forma verbal ante el Juzgado de guardia o ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, quienes remitir\u00e1n al juzgado toda la informaci\u00f3n.<\/li><li>Un ejemplo de demanda: \u201cEl pasado d\u00eda, mi familiar\u2026, ingresado en la Residencia\u2026, sufri\u00f3 (apareci\u00f3), heridas, quemaduras\u2026como consecuencia de \u2026, seg\u00fan nos comunican (o, sin que hayamos sido informados de las causas por la que estas lesiones se han producido). Por este hecho descrito vengo a denunciar estos hechos, para lo que adjunto los siguientes documentos (informes m\u00e9dicos, fotos, etc.), habiendo sido testigo de los hechos las siguientes personas\u2026.\u201d<\/li><li>La denuncia ser\u00e1 por un hecho de lesiones, \u00e9stas son el resultado de actos violentos por acci\u00f3n o por omisi\u00f3n contra una persona causantes de un da\u00f1o f\u00edsico o ps\u00edquico, por tanto, son un delito de mayor o menor gravedad dependiendo del resultado.<\/li><li>Para la tipificaci\u00f3n de la lesi\u00f3n tienen especial importancia los informes m\u00e9dicos p.ej. si la lesi\u00f3n requiere despu\u00e9s de una primera cura, tratamiento m\u00e9dico o quir\u00fargico para lograr su curaci\u00f3n, entendido no s\u00f3lo como una visita de control y supervisi\u00f3n, sino que requiere de varios cuidados m\u00e9dicos, que se suministren f\u00e1rmacos para la curaci\u00f3n, que resulte un problema m\u00e9dico nuevo como consecuencia\u2026<\/li><li>Entendiendo que las lesiones no son intencionadas sino como resultado de diversas circunstancias, \u00e9stas pueden cometerse de forma \u201comisiva, por error, por imprudencia\u201d.<\/li><li>Una vez puesta la denuncia, se puede abrir un procedimiento penal por parte del Juzgado o, si considera que los hechos no son de trascendencia penal, puede ordenar el archivo de la causa. Si se abre un procedimiento, se puede citar para preguntar algunas cuestiones y, una vez finalizada la instrucci\u00f3n, celebrar juicio o, si los hechos aunque sean il\u00edcitos penalmente, no revisten una especial gravedad, citar directamente a las personas denunciantes y denunciadas para celebrar el correspondiente juicio.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.4\">3.4. Organizar una Plataforma de Familiares en la Residencia<\/h3>\n\n\n\n<p>Cuando <strong>tenemos un familiar residente<\/strong>, los familiares nos enfrentamos a una <strong>realidad desconocida<\/strong> para nosotros y a la que llegamos con la confianza de que nuestros familiares van a estar en un lugar especializado en su cuidado y atenci\u00f3n integral, que cuenta con personal cualificado y programas que contin\u00faen desarrollando las capacidades f\u00edsicas e intelectuales, as\u00ed como sus habilidades sociales.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>A la residencia llegamos de manera <strong>privada o p\u00fablica<\/strong> (a trav\u00e9s de la Ley de Dependencia). El usuario siempre paga su plaza, ya sea privada, financiada total o parcial. Las residencias son un recurso social al que todo ciudadano <strong>tenemos derecho<\/strong>.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Hay <strong>3 tipos de gesti\u00f3n<\/strong> de las residencias:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<ol><li>Gesti\u00f3n Directa = Titularidad y gesti\u00f3n P\u00fablica.&nbsp;<\/li><li>Gesti\u00f3n Indirecta = Titularidad P\u00fablica y gesti\u00f3n Privada.&nbsp;<\/li><li>Plazas concertadas con entidades privadas y ayuntamientos.&nbsp;<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>En la actualidad, las Residencias de Mayores, al igual que otros servicios p\u00fablicos <strong>sufren los recortes y privatizaciones<\/strong> que est\u00e1n suponiendo para los usuarios una <strong>p\u00e9rdida en la calidad asistencial<\/strong> de la prestaci\u00f3n recibida. Cuando los familiares nos enfrentamos a esta realidad y compartimos las problem\u00e1ticas con que nos encontramos, nos damos cuenta que no son situaciones particulares, ni casos aislados, sino que son el resultado de un <strong>sistema que pone en primer lugar la rentabilidad y el negocio<\/strong> en lugar de las personas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Hoy en d\u00eda, la elevada falta de personal en todas las residencias, <strong>las ratios aplicadas<\/strong> que no responden a la situaci\u00f3n real sociosanitaria de los usuarios, est\u00e1n produciendo <strong>graves problemas<\/strong> en las condiciones de vida y salud de nuestros familiares residentes. Estos son los motivos por los que los familiares tenemos la necesidad de auto-organizarnos para <strong>defender la dignidad de nuestros mayores<\/strong> en las Residencias.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Una manera sencilla de hacerlo es <strong>crear una Plataforma<\/strong> definida como el proceso colectivo que expresa unas necesidades, reivindicaciones para que sean atendidas y beneficien al inter\u00e9s colectivo, abierta, incluyente en la que somos conscientes de que nuestra participaci\u00f3n en el esfuerzo contribuye al logro del objetivo por el que nos organizamos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Para ello, elaboramos un documento en el que se especifica lo que somos y los objetivos de la Plataforma a la que pondremos un nombre, acompa\u00f1ado de la recogida de firmas de las personas que se quieren adherir a la misma. Convocamos una reuni\u00f3n para explicar el tema y conseguir las firmas para componer la misma, lo habitual es que iniciemos con un peque\u00f1o grupo que ir\u00e1 creciendo en el tiempo.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez constituida la Plataforma, mantenemos reuniones con la periodicidad que estimemos necesaria, en las que debatimos sobre la problem\u00e1tica que compartimos, y en com\u00fan buscamos alternativas para abordar la misma. <\/p>\n\n\n\n<p>Esto nos va a permitir, adem\u00e1s de participar de las necesidades\/reivindicaciones comunes, compartir la forma en la que damos traslado de las mismas a la Direcci\u00f3n de la Residencia y a los Organismos P\u00fablicos competentes, para buscar las soluciones. <\/p>\n\n\n\n<p>Es importante que la Plataforma sea divulgada a los medios de comunicaci\u00f3n, ya que necesitaremos informar a la ciudadan\u00eda de nuestra existencia, necesidades, acciones realizadas, etc. <\/p>\n\n\n\n<p>Como <strong>orientaci\u00f3n general<\/strong> detallamos algunos documentos que son importantes conocer para nuestro trabajo:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Normativas en el caso de las Residencias de Gesti\u00f3n Directa.<\/li><li>Pliegos de condiciones para las de Gesti\u00f3n Indirecta.<\/li><li>Contrato para las Privadas.<\/li><li>Reglamento de R\u00e9gimen Interno en todos los casos.<\/li><li>Sistema de gesti\u00f3n de quejas y reclamaciones.<\/li><li>Normativas de Consejos de Usuarios.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.4.1\">3.4.1. \u00bfExisten \u00f3rganos de participaci\u00f3n en las residencias?<\/h4>\n\n\n\n<p>As\u00ed son los Consejos de Representantes y Consejos de Usuarios. Desde el a\u00f1o 1993, mediante la orden 766\/1993, <strong>est\u00e1n regulados los llamados Consejos de Residentes<\/strong> pero s\u00f3lo en las Residencias de titularidad p\u00fablica y <strong>gesti\u00f3n p\u00fablica (directa)<\/strong>.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.4.1.a\">a) Composici\u00f3n<\/h5>\n\n\n\n<p>Est\u00e1n formados por representantes elegidos por los residentes, en la proporci\u00f3n de uno por cada 100 residentes o fracci\u00f3n, con un m\u00ednimo de tres personas.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.4.1.b\">b) \u00bfQui\u00e9nes pueden formar parte?&nbsp;<\/h5>\n\n\n\n<p>Los residentes y los familiares de los residentes que hayan sido incapacitados judicialmente y tengan la representaci\u00f3n legal de los mismos.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.4.1.c\">c) \u00bfCu\u00e1les son sus funciones?&nbsp;<\/h5>\n\n\n\n<p>Resumidamente:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<ol><li>Confeccionar y proponer programas anuales de actividades.&nbsp;<\/li><li>Conocer del anteproyecto de presupuesto del centro y el proyecto de reglamento de r\u00e9gimen interno.&nbsp;<\/li><li>Informar los expedientes relativos a distinciones y sanciones de los residentes.&nbsp;<\/li><li>Convocar en los plazos reglamentarios las elecciones al Consejo de residentes.&nbsp;<\/li><li>Elaborar el informe anual de gesti\u00f3n y someterlo a la aprobaci\u00f3n de la Asamblea General.&nbsp;<\/li><li>Velar por los derechos de los residentes.&nbsp;<\/li><li>Todas aquellas que se le atribuyan.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.4.1.d\">d) \u00bfY en las que no son de titularidad y gesti\u00f3n p\u00fablica (directa)?<\/h5>\n\n\n\n<p>En Septiembre de 2011, los familiares y residentes de la <strong>Residencia de Usera<\/strong>, dirigieron una carta al Defensor del Pueblo denunciando, entre otras cuestiones importantes, la inexistencia del Consejo de Residentes en dicha Residencia <strong>(titularidad p\u00fablica y gesti\u00f3n privada<\/strong>).<\/p>\n\n\n\n<p>En julio de 2012, el Defensor del Pueblo se dirigi\u00f3 a la Consejer\u00eda de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, para que se establecieran \u00f3rganos de participaci\u00f3n en todas las residencias de titularidad p\u00fablica, <strong>fueran o no de gesti\u00f3n directa y en las privadas que tuvieran alg\u00fan tipo de financiaci\u00f3n p\u00fablica<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>El resultado fue que se \u201c<strong>inventaron<\/strong>\u201d los <strong>Consejos de Usuarios<\/strong>, \u00f3rganos de participaci\u00f3n y representaci\u00f3n, que no se llaman Consejos de Residentes para justificar el haberles <strong>quitado algunas de sus funciones m\u00e1s importantes<\/strong>: el apartado que establece el derecho a Conocer del anteproyecto de presupuesto del centro y el proyecto de reglamento de r\u00e9gimen interno, o el de Informar los expedientes relativos a distinciones y sanciones de los residentes (estas funciones se suprimen para los Consejos de Usuarios).<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo dem\u00e1s, en cuanto a su composici\u00f3n y a <strong>quienes puedan formar parte de los mismos, <\/strong>es exactamente igual que los Consejos de Residentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, En Residencias totalmente p\u00fablicas, debe haber Consejos de Residentes. En Residencias de titularidad p\u00fablica y gesti\u00f3n privada (indirecta), debe haber Consejos de Usuarios. Y en Residencias de titularidad privada, con financiaci\u00f3n p\u00fablica (plazas concertadas), tambi\u00e9n debe haber Consejos de Usuarios.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-3.4.1.e\">e) Campa\u00f1a para la creaci\u00f3n o renovaci\u00f3n de los Consejos<\/h5>\n\n\n\n<p>Pedimos a todas las personas que est\u00e1is con PLADIGMARE y a las que nos segu\u00eds por las redes sociales, que exij\u00e1is por escrito la creaci\u00f3n de estos \u00f3rganos en vuestras residencias (os podemos hacer el escrito desde PLADIGMARE) y que nos inform\u00e9is del resultado de la petici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Con la informaci\u00f3n que recabemos, <strong>nos dirigiremos al Defensor del Pueblo<\/strong>, para que compruebe el grado de cumplimiento de sus directrices en este asunto, e intentaremos avanzar en una alternativa para que estos \u00f3rganos de participaci\u00f3n y representaci\u00f3n sirvan para defender la dignidad de nuestros mayores en las residencias.&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\" id=\"sabias-que-4\">4. Tarjeta sanitaria<\/h1>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan el Real Decreto 1718\/2010, de 17 de diciembre, sobre receta m\u00e9dica y \u00f3rdenes de dispensaci\u00f3n que en su art\u00edculo 9 apartado 3 dice textualmente:<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abS\u00f3lo se permitir\u00e1 el acceso de los farmac\u00e9uticos al sistema electr\u00f3nico mediante la tarjeta sanitaria del paciente debidamente reconocida por el sistema de receta electr\u00f3nica, debiendo ser devuelta de forma inmediata a su titular y sin que pueda ser retenida en la oficina de farmacia. El acceso del farmac\u00e9utico siempre quedar\u00e1 registrado en el mencionado sistema\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto la tarjeta sanitaria <strong>debe estar siempre en el lugar d\u00f3nde se encuentra su titular<\/strong> o, en su defecto, en alg\u00fan sitio al que se pueda acceder inmediatamente en caso de accidente o urgencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Las residencias que dejan en poder de la <em>oficina<\/em> de farmacia la tarjeta sanitaria est\u00e1n incumpliendo el decreto antes citado y los familiares pueden reclamar la tutela de la tarjeta haci\u00e9ndose cargo ellos mismos de comprar las medicinas en la farmacia de su elecci\u00f3n cuando sean requeridos por la residencia.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed mismo, es obligatorio que de forma regular (mensualmente) se entreguen las facturas o documentos que acrediten la adquisici\u00f3n y el pago de los medicamentos prescritos a cada residente y es <strong>importante que comprobemos que no hay irregularidades<\/strong> y no se est\u00e1n administrando medicinas de las que no tengamos conocimiento y no hayan sido recetadas por los especialistas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En este apartado facilitamos gran cantidad de informaci\u00f3n sobre la situaci\u00f3n y organizaci\u00f3n de las residencias. 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